Tipos de Cotización

En Chile, por ley existe la Cotización Legal Obligatoria, lo que significa que obligatoriamente a todo trabajador se le debe descontar un 7% de su sueldo imponible para financiar las coberturas de salud. Es tu decisión si elijes destinar este 7% a la Isapre o a FONASA.

Si eliges una Isapre, debes saber que existen muchos planes diferentes que puedes contratar, los cuales se diferencian principalmente en sus porcentajes de cobertura y valores.

En caso de que escojas un plan cuyo precio mensual es mayor a tu 7% (Cotización Legal Obligatoria), puedes aportar esa diferencia voluntariamente, lo que se conoce como Cotización Adicional Voluntaria.

Si este es el caso y eres empleado dependiente, este aporte adicional a tu 7% se descontará automáticamente de tu remuneración o sueldo.

 

Afiliados, Cargas y Beneficiarios

Estos dependen del tipo de contrato y trabajo que tengas:

1
Afiliado Dependiente

Persona natural que se rige por el Código del Trabajo, con contrato indefinido, a plazo fijo o por obra, trabajo o servicio determinado, bajo dependencia de otra persona natural o jurídica y que recibe una remuneración.

2
Afiliado Independiente

Persona natural que ejecuta un trabajo o actividad independientemente y que cotiza en una AFP y en Isapre, con iniciación de actividades. Por lo anterior, cumple con los requisitos para el pago de un Subsidio por Incapacidad Laboral.

3
Afiliado Voluntario

Persona natural que paga a la Isapre para obtener los beneficios indicados en el plan de salud. Al no tener trabajo, no tiene derecho al pago de un Subsidio por Incapacidad Laboral.

¿Y una vez elegido el plan de salud?

Una vez que elijas el plan que más se adecúe a tus necesidades, debes considerar que puedes contratarlo solo para ti o también para otras personas de tu grupo familiar, quienes se denominan Cargas. Cada Carga significará un precio adicional que deberás pagar, por lo tanto, todos tendrán la misma cobertura de tu plan cuando necesiten una atención de salud.

El costo de tu plan más la incorporación de tus cargas puede ser financiado con tu 7% y, en caso de no alcanzarte, puedes cancelar la diferencia con una Cotización Adicional Voluntaria.

En conjunto, al Afiliado Titular y sus cargas también se les llama Beneficiarios. Todos los beneficiarios de un plan pueden acceder a los distintos beneficios de la Isapre, tales como descuentos en farmacias, acceso a exámenes preventivos, descuentos en ópticas y centros dentales, entre otros, además de obtener las coberturas que se indican en el plan de salud.

Existen 2 tipos de Cargas que puedes agregar a tu Contrato de Salud

1
Cargas Legales

Son aquellas que cumplen ciertos requisitos legales especificados por la Superintendencia de Salud, lo que hace que la Isapre no pueda rechazar su incorporación.

Ejemplos de cuándo una carga es considerara Carga Legal: La cónyuge y, en la forma en que determine el reglamento, el cónyuge inválido; los hijos y los adoptados hasta los 18 años o 24 si siguen estudiando; los nietos y bisnietos, huérfanos de padre y madre o abandonados por éstos; hijos inválidos de cualquier edad, etc.

Las especificaciones de cuándo una carga puede ser considerada Carga Legal están establecidas en el DFL N°150 de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.

 

2
Cargas Médicas

Las Cargas Médicas son todas aquellas personas que el Afiliado Titular desea agregar a su plan y no son Cargas Legales, es decir, el afiliado puede postular como carga a quien quiera, sin requisito alguno. Las Cargas Médicas, al no ser Cargas Legales, están sujetas a revisión por parte de la Isapre, sin obligación de ser aceptadas.

Recuerda que todas las cargas tienen los mismos beneficios y coberturas que un Afiliado Titular, pero al ser cargas, pierden el beneficio de percibir el Subsidio por Incapacidad Laboral.

En caso que alguna Carga Legal deje de cumplir con los requisitos para serlo, puede ser incorporada como Carga Médica del Afiliado Titular. Esta incorporación está sujeta a revisión por parte de la Isapre, ya que al no ser Carga Legal, podría ser rechazada. Por su parte, si una Carga Legal desea pasar a ser Afiliado Titular, la Isapre no puede rechazar su incorporación.

Declaración Personal de Salud y Contrato de Salud

Cuando estés entrando a la Isapre, se te pedirá completar un documento llamado Declaración Personal de Salud, en el cual debes declarar todas las enfermedades o patologías, cirugías, secuelas de accidentes, malformaciones o embarazos diagnosticadas médicamente con anterioridad a la firma del contrato. Este documento debe ser completado por ti y por cada una de tus cargas.

Una vez que la Isapre revise y apruebe la Declaración Personal de Salud, deberás firmar el Contrato de Salud, que es el acuerdo entre la Isapre y una persona que desea afiliarse a ella. Se expresa mediante un instrumento formal donde se establecen los derechos, las obligaciones, los beneficios y el precio. Al precio del plan de salud contratado se le denomina Cotización Pactada.

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