Reposo Total y Reposo Parcial
La licencia médica puede otorgarte un reposo laboral total o reposo laboral parcial.
Conoce qué significa cada reposo:
- Reposo total: Es cuando tienes derecho a ausentarte a tu trabajo durante la jornada laboral completa.
- Reposo parcial: Es cuando tienes derecho a reducir a la mitad tu jornada laboral, durante el período que se señala en la licencia médica.
Formas de emisión de tu licencia médica
Licencia física
Es un formulario de papel que te entrega el médico, emitido mediante talonario del Servicio de Salud.
Licencia electrónica
Es un documento digital que emite el médico electrónicamente a través de los operadores de Licencias Médicas (I-med o Medipass).
- Si tu empleador está adscrito al Sistema Electrónico de Licencias Médicas, la licencia le llegará directamente después de haber sido emitida por el médico.
- Si tu empleador no está adscrito al Sistema Electrónico de Licencias Médicas, tiene las siguientes opciones para tramitarla:
- A través de los operadores I-MedSistema digital que conecta a los prestadores (clínicas y centros médicos) con la Isapre y los empleadores. Si el prestador cuenta con este sistema, la compra de bonos, la emisión de licencias y otros trámites se hacen a través de huella digital de manera más rápida y sencilla. o Medipass.
- Mediante el Portal Único de Empleadores (creado por FONASA).
- Imprimirla desde www.i-med.cl o web.medipass.cl y luego presentarla en sucursales de la Isapre.
Sin importar si tu licencia es física o electrónica, existe un protocolo especial para presentarlas de manera digital. Conócelo aquí
Ingresa tu licencia en tu Sucursal Virtual
Si tu licencias es física (formulario de papel), tienes la opción de presentarla de manera online a través de tu Sucursal Virtual, de manera segura y sin tener que ir a una sucursal:
- Ingresa a tu Sucursal Virtual o a tu App Banmédica con tu Rut y clave.
- Accede al menú “Licencias Médicas”, opción “Ingresar Licencia MédicaLa licencia médica es un documento legal que emite un médico, dentista o matrona para justificar la ausencia a tu trabajo por el tiempo que el especialista estime necesario a causa de un problema de salud que te impida realizar tus funciones laborales. ”.
- Indica el tipo de trabajadores que eres: Dependiente o Independiente (en caso de ser independiente debes indicar si eres “voluntario” u “obligado”).
- Selecciona el tipo de licencia médica que vas a presentar (común, enfermedad grave del niño menor del año, patología de embarazo o pre y post natal).
- Ingresa los datos de tu empleador y adjunta los documentos solicitados.
- Verifica los datos ingresados, acepta los términos y condiciones y haz click en el botón “Enviar”.
Ir a mi Sucursal Virtual
Importante: De acuerdo a lo establecido en el Decreto N°46 del Ministerio de Salud, a partir del 01 de enero de 2021, existe la obligatoriedad de que los médicos emitan las licencias médicas de manera electrónica. Por eso, te recomendamos exigirle a tu médico que emita tu licencia médica de esta forma para evitar posibles inconvenientes.
Preguntas Frecuentes
Todas las sucursales pueden recibir licencias médicas por parte de los empleadores, pero la principal para este tipo de trámite es nuestra sucursal ubicada en Agustinas N°1022.
Sí, para esto, el empleador debe ingresar a los sistemas de www.mi-imed.cl o www.medipass.cl
Además, de acuerdo a lo establecido en el Decreto N°46 del Ministerio de Salud, a partir del 01 de enero de 2021, existe la obligatoriedad de que los médicos emitan las licencias médicas de manera electrónica. Por eso, te recomendamos exigirle a tu médico que emita tu licencia médica de esta forma para evitar posibles inconvenientes.
Sí, el médico debe registrar el lugar donde realizarás tu reposo, el cual puede ser distinto a tu dirección de contrato. Es tú responsabilidad verificar que esta información esté correcta antes de firmar la licencia médica.
Sí, existen diversos motivos, por ejemplo:
- Que no seas partes de la Isapre.
- Que la licencia médica esté direccionada a otra institución de salud (FONASA u otra Isapre)
- Que la licencia médica se encuentre rota, incompleta o fracturada.
En todos estos casos, la licencia será devuelta y no ingresará al proceso de tramitación.
No, en este caso el pago le corresponde al Seguro Social contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, el cual protege a todos los trabajadores dependientes e independientes que cotizan para este seguro, frente a las enfermedades laborales y los accidentes ocurridos a causa o con ocasión del trabajo y que les produzcan incapacidad o muerte.
La administración del Seguro contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales está a cargo de entidades públicas y privadas:
- El Instituto de Seguridad Laboral (ISL), las Seremis de Salud y los Servicios de Salud son los administradores públicos del sistema.
- Los administradores privados son las Mutualidades de Empleadores: Asociación Chilena de Seguridad, Mutual de Seguridad C.Ch.C. e Instituto de Seguridad del Trabajo.
- Además, existen empresas con administración delegada, esto es, empresas que han sido autorizadas para otorgar a sus propios trabajadores las prestaciones del Seguro de la Ley N° 16.744, con excepción del pago de pensiones, que sigue siendo de cargo del ISL. En la actualidad tienen esta condición la Universidad Católica y 4 Divisiones de Codelco.
Las empresas no adheridas a una mutualidad, deben cotizar para el Seguro Social de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales en el Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
Las atenciones médicas producto de una enfermedad profesional o un accidente de trabajo, así como el tratamiento o los implementos requeridos para su rehabilitación son gratuitos para el trabajador. Si la gravedad de la lesión es mayor, el médico tratante puede emitir una “Orden de reposo” que le dará derecho a percibir un Subsidio por Incapacidad Laboral. El trabajador solo puede reintegrarse a su trabajo con un “Certificado de alta laboral”.
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Para que te paguen todos los días, la licencia debe ser de al menos 11 días corridos. Si tu licencia es menor a 11 días, se pagará desde el día 4.
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Te ayudamos a entender los principales conceptos asociados a un plan de salud.
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